Google anunció hoy, 28 de agosto de 2026, que cambia dentro del Espacio Económico Europeo la forma en que aplica su política de reputación del sitio. Desde el 30 de agosto, una acción manual por esta política deja de surtir efecto para quien busca desde el EEE —España incluida— y sigue surtiéndolo para quien busca desde fuera. Y hay algo más contundente en la letra pequeña: Google retirará todas las acciones manuales anteriores aplicadas bajo esta política en los resultados que ven los usuarios del EEE.
El anuncio del blog es breve. La documentación antispam, actualizada el mismo día, es donde está el detalle que importa. Esto afecta a dos tipos de negocio: el que paga artículos en medios para posicionar, y el que aloja contenido ajeno en su propio dominio.
Todas las citas de este artículo son traducción propia: no existe versión oficial en español ni del anuncio ni de la parte actualizada de la documentación.
Qué ha cambiado exactamente
La política de reputación del sitio nació en marzo de 2024 y persigue una práctica concreta: publicar contenido de terceros en un sitio anfitrión aprovechando las señales de posicionamiento que ese sitio se ganó con su propio contenido. En el sector se la conoce como *parasite SEO*.
Lo que cambia no es la política, sino la consecuencia:
- Fuera del EEE. Las páginas afectadas pueden recibir una acción manual cuando aparecen en los resultados que se muestran a usuarios de fuera del EEE.
- Dentro del EEE. Esas páginas «pueden quedar categorizadas como separadas del dominio principal, pero no estarán sujetas al impacto de una acción manual». La documentación explica el objetivo: que cada parte del sitio posicione por sus propios méritos, «de forma que el contenido se clasifique de manera coherente frente a otro contenido de la misma naturaleza (por ejemplo, el contenido de casinos compite con otro contenido de casinos)».
Y tres precisiones que solo están en la documentación, no en el anuncio:
- Las sanciones anteriores se retiran. «Google retirará todas las acciones manuales previas aplicadas bajo esta política para las páginas que aparecen en los resultados de búsqueda para usuarios del EEE. Esto significa que esas páginas ya no serán degradadas ni estarán sujetas a ningún tipo de penalización manual» en esos resultados. Además, haber tenido una acción manual no se usa como señal de posicionamiento.
- Una sanción de fuera no contamina dentro. A la pregunta de si una acción manual aplicada fuera del EEE afecta al posicionamiento dentro, la respuesta literal de Google es «No». Tampoco hay obligación de poner una etiqueta `noindex` en ese contenido, y no hacerlo no se considera un intento de evadir la política.
- «Separar» no es sinónimo de hundir. La categorización elimina la presunción de que una página cualquiera tiene la calidad media del dominio. Google aclara que la sección separada «no pierde inmediatamente las señales de posicionamiento del sitio principal», pero que «con el tiempo, nuestros sistemas de clasificación aprenden a clasificar estas partes de un sitio de forma independiente».
Google acompaña el cambio de una reserva explícita: sigue preocupado por que una aplicación «demasiado amplia» del Reglamento de Mercados Digitales le impida atajar amenazas reales a la integridad de sus resultados.
Qué cuenta como infracción y qué no
Esta es la parte que más gente se salta y la única que sirve para autoevaluarse. La política se aplica «cuando se publica contenido de terceros en un sitio anfitrión principalmente por las señales de posicionamiento ya establecidas de ese anfitrión, que este ganó sobre todo con su contenido propio».
Contenido de terceros es el creado por una entidad separada del sitio anfitrión: sus usuarios, colaboradores externos, servicios de marca blanca o personas no empleadas directamente por el sitio. Y Google lo dice sin ambigüedad: tener contenido de terceros no infringe nada por sí solo; solo lo hace si está ahí principalmente por las señales del anfitrión.
Su propia lista de lo que no se considera infracción desmonta bastante mitología:
- Los sitios de teletipos y notas de prensa.
- Las publicaciones que sindican contenido informativo de otras publicaciones.
- Los sitios pensados para contenido de usuarios: foros o secciones de comentarios.
- Columnas, artículos de opinión y demás trabajo de naturaleza editorial.
- El contenido de terceros —incluidos publirreportajes y publicidad nativa— cuando el propósito es compartirlo directamente con los lectores, por ejemplo promocionándolo dentro de la propia publicación, en lugar de alojarlo para manipular el posicionamiento.
- Los enlaces de afiliación a lo largo de una página, tratados adecuadamente, o los bloques publicitarios de terceros.
Los dos ejemplos que sí infringen la política son igual de reveladores por lo extremos que son: un sitio educativo que aloja reseñas patrocinadas de préstamos rápidos escritas por un tercero que distribuye la misma página por toda la web, y un sitio médico que aloja una página publicitaria de baja calidad sobre «los mejores casinos», sin integración con el sitio.
La línea no es «¿he pagado por esto?». Es si el contenido existe para el lector del anfitrión o solo para colarse en su ranking prestado.
Los cuatro factores de la revisión humana
Google publica ahora los factores que valora cuando revisa un caso. Son objetivos y buscan entender hasta qué punto el dominio anfitrión controla el contenido:
- Presentación. Si el diseño gráfico, el formato, la tipografía y la experiencia de uso son coherentes con el dominio anfitrión.
- Calidad. Si hay problemas que no aparecen en el dominio principal y sugieren un alejamiento de su estándar.
- Autoría declarada o implícita. Si se reconoce de forma explícita quién es responsable del contenido, y si hay indicios que contradigan esa autoría.
- Duplicación. Si el mismo contenido, idéntico o casi, aparece en otros muchos sitios.
Dos matices que conviene no perder: ninguno de los cuatro es necesario ni suficiente por sí solo, y esta revisión se aplica en todo el mundo. No son una concesión europea.
Lo que el titular se salta
Es fácil leer esto como «Google deja de castigar el contenido pagado en Europa». No es eso, y el contexto es importante.
El anuncio llega con una investigación europea abierta por este mismo asunto. El 13 de noviembre de 2025 la Comisión Europea incoó un procedimiento formal contra Alphabet precisamente por su política de reputación del sitio y su aplicación a los editores, por posible incumplimiento de los artículos 6(5) y 6(12) del Reglamento de Mercados Digitales. La Comisión declaró entonces que aspiraba a concluir en doce meses. Ese expediente sigue abierto y sin resolución publicada.
El acuerdo, hoy, solo lo cuenta una parte. Google dice que el cambio llega «tras conversaciones con la Comisión Europea». Hemos revisado la sala de prensa de la Comisión y sus canales del Reglamento de Mercados Digitales y no hay ningún comunicado europeo que lo confirme. Mientras eso no exista, la versión disponible es la de Google.
La política sigue vigente en el EEE. Lo que cambia es el efecto de la sanción, no la evaluación, ni el aviso, ni los criterios.
Separar no es indultar. Que una sección posicione «de forma independiente del resto del sitio» significa exactamente que deja de heredar la autoridad del dominio. Para quien compraba justo eso, el efecto a medio plazo se parece bastante a lo que quería evitar.
La reclamación tiene letra pequeña. Google dice haber implantado para el EEE un nuevo proceso de reconsideración con respuesta en plazo corto y más detalle sobre el motivo, y ofrece además resolución alternativa de disputas. Conviene saber que el enlace a esa mediación no lleva a una página de Google, sino al CEDR, una entidad independiente que administra el esquema. Según la descripción del propio CEDR, es gratuito y está abierto a empresas del EEE que ya hayan agotado la apelación interna de Google, pero excluye las disputas sobre la clasificación, la prominencia o la posición dentro de los resultados. Conviene comprobar el encaje antes de contar con él.
A quién afecta esto en España
Si compras artículos en medios o portales para posicionar. El cálculo cambia. Lo que comprabas, en la práctica, era autoridad alquilada: que tu página rindiera por el dominio en el que estaba y no por sí misma. Ese alquiler tiene ahora fecha de caducidad escrita en la documentación de Google. Siguen existiendo razones legítimas para pagar una pieza en un medio —visibilidad, marca, tráfico de referencia medible—, pero conviene separarlas del argumento SEO y comprobar si ese dinero rinde más en tu propia web.
Si alojas contenido de terceros en tu dominio. Colaboraciones, cupones, secciones de partners, directorios, un subdirectorio cedido a una agencia o a un afiliado. Ahora tienes publicados los criterios para autoevaluarte, y los ejemplos de Google dejan claro que lo que salva una sección es la integración editorial real: autoría identificada, carácter comercial declarado, navegación desde el sitio principal y un punto de contacto para incidencias.
Si compites contra ese contenido en las SERP españolas. Toca decir lo que no gusta: dentro del EEE el impacto de la acción manual no se aplica y las sanciones anteriores se retiran, así que esas secciones patrocinadas no van a desaparecer de los resultados que ve un cliente en España. La pelea por el espacio sigue igual esta semana. Lo que puede cambiar, con el tiempo, es que compitan con su propia fuerza y no con la del dominio que las aloja.
Qué debería hacer una pyme esta semana
- Inventaria el contenido ajeno de tu dominio. Cualquier ruta que no escriba tu equipo: colaboraciones, cupones, notas de prensa republicadas, secciones cedidas.
- Pásale los cuatro factores. Presentación coherente, calidad al nivel del resto del sitio, autoría reconocible y contenido que no esté duplicado en otros veinte sitios. Si alguno falla, es material de revisión, no de pánico.
- Comprueba el informe de acciones manuales de Search Console. Es donde aparecería un aviso, y donde debería mirar quien gestione tu SEO. Es parte de lo que revisamos en una auditoría SEO.
- Revisa lo que pagas fuera. Pregunta a quien te venda notas en medios qué parte del retorno es visibilidad y qué parte era posicionamiento prestado. Si no sabe responder, ya tienes la respuesta.
- No cambies tu estrategia por un titular. Esto no es una actualización del algoritmo ni afecta a tu posicionamiento de mañana. Es un cambio en cómo se ejecuta una sanción concreta, en un territorio concreto.
El análisis de PotencIA
Este anuncio confirma algo que conviene tener presente cuando alguien te vende visibilidad rápida: la autoridad que no es tuya se puede retirar. Da igual que la vía sea un cambio regulatorio, una política antispam o una decisión de producto. Quien construyó su presencia sobre el dominio de otro depende de decisiones que no controla y de las que se entera leyendo un blog corporativo un viernes de agosto.
La lectura útil no es «el contenido pagado ha muerto», porque no ha muerto y la propia documentación de Google lo deja claro. Es que el contenido pagado vuelve a valer lo que vale por sí mismo: audiencia real, marca y tráfico que puedes medir. Y que el trabajo que sí se acumula —páginas de servicio claras, contenido propio que resuelve una intención concreta, una web que se puede rastrear y medir— sigue siendo el único que no depende de que una plataforma cambie de criterio.
Separar el hecho de la opinión es parte del oficio, así que lo dejamos dicho: todo lo anterior sobre qué cambia, desde cuándo y con qué criterios está en el anuncio de Google y en su documentación, enlazados abajo. La lectura sobre qué hacer con tu presupuesto es nuestra, y es discutible.
Si quieres saber qué parte de tu visibilidad depende de tu web y qué parte depende de dominios ajenos, es justo el tipo de pregunta que respondemos en el servicio SEO y en el alcance de una auditoría.
Fuentes consultadas
- Google Search Central, Update to the Site Reputation Policy, publicado el 28 de agosto de 2026 por el equipo de Calidad de Búsqueda. Solo disponible en inglés.
- Google Search Central, Políticas de spam de la Búsqueda de Google, sección de reputación del sitio, versión en inglés actualizada el 28 de agosto de 2026. La versión en español todavía no incluye estos cambios.
- Google Search Central, What web creators should know about our March 2024 core update and new spam policies, 5 de marzo de 2024.
- Google, Defending Search users from parasite SEO spam, Pandu Nayak, 13 de noviembre de 2025.
- Comisión Europea, investigación sobre un posible incumplimiento del Reglamento de Mercados Digitales por la degradación de editores, 13 de noviembre de 2025.
- Ayuda de Search Console, Informe de acciones manuales, consultada el 28 de agosto de 2026.
- CEDR, Google Search Mediation Scheme, consultada el 28 de agosto de 2026.
